September 03, 2010 03:09:33

La Aduana de México

Es la autoridad encargada de vigilar las mercancías y transportes que entran y salen del país. Además, tiene la obligación de orientarte sobre los impuestos que debes pagar por la importación de mercancías a nuestro país.

 

¿Qué mercancías puedo traer a México sin pagar impuestos?

  • Las mercancías que están incluidas en tu equipaje personal.
  • Las que están dentro de la franquicia a la que tienes derecho.
  • Antes de ir a México es muy importante que sepas cuál es el valor total de lo que traes contigo, así como tus derechos y obligaciones.

 

¿Qué mercancías forman parte de mi equipaje personal?

  • Tu ropa, calzado y productos de aseo y belleza, nuevos o usados, de acuerdo a la duración de tu viaje, incluye un ajuar de novia. Si vienes con bebés los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento (silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros).
  • Dos cámaras fotográficas o de videograbación, hasta 12 rollos de película o videocasetes, material fotográfico.
  • Dos teléfonos celulares o de radiolocalización.
  • Una máquina de escribir, una agenda electrónica y una computadora portátil (laptop, notebook, omnibook u otra similar); una copiadora o impresora portátiles, un quemador y un proyector portátil y sus accesorios.
  • Un radio portátil para grabar o reproducir sonido o uno mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles y sus accesorios.
  • Cinco discos láser, diez discos DVD y 30 discos compactos (CD) o audiocasetes y cinco dispositivos de almacenamiento (por ejemplo USB, iPod) o tarjetas de memoria para cualquier equipo electrónico y tres paquetes de software.
  • Un juego de herramientas de mano con estuche (taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros).
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios. Libros y revistas y documentos impresos.
  • Cinco juguetes, pueden ser de colección, cinco videojuegos y una consola de videojuegos.
  • Las personas con discapacidad pueden traer equipos o aparatos de uso personal que suplan o disminuyan dicha discapacidad (andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones, entre otros). 
  • Medicamentos de uso personal, si son sustancias psicotrópicas (drogas) debes mostrar la receta médica. Un aparato para medir la presión arterial y uno para medir el nivel de glucosa (azúcar).
  • Las personas mayores de 18 años podrán traer máximo 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Una tienda de campaña y equipo para acampar. Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores acuáticos con o sin vela y sus accesorios, siempre que puedan ser cargados por tí mismo. Una caminadora fija y una bicicleta fija.
  • Un binocular y un telescopio.

 

¿Qué es la franquicia y cuál es el monto a que tengo derecho?

 

Es el beneficio que tienes para no pagar impuestos por las mercancías que introduces al país.

 

Si llegas a México por avión o barco puedes traer, en uno o varios artículos distintos de tu equipaje, hasta 300 dólares americanos o su equivalente en otras monedas. Si vienes por carretera en tu vehículo o en autobús, la franquicia es de 75 dólares americanos. Si viajas con tu esposa(o), padres e hijos, la franquicia será acumulable incluyendo a los menores de edad, siempre y cuando viajen juntos en el mismo medio de transporte.

 

La franquicia no incluye bebidas alcohólicas, tabacos labrados ni combustible adicional para el vehículo. Para que la franquicia te beneficie aún más, debes comprobar el valor de las mercancías o regalos que traes a México con facturas o comprobantes de compra que indiquen su valor comercial.

 

La franquicia por vía terrestre será de hasta 300 dólares, o su equivalente en moneda nacional o extranjera, para los mexicanos que ingresen del extranjero al territorio nacional.

 

Evita problemas, declara el excedente de tu franquicia. Recuerda que está prohibido traer ropa usada, llantas y motores usados.

 

 

¿Cuánto debo pagar de impuesto por las mercancías adicionales al equipaje personal y franquicia?

 

Si quieres traer otros tres litros de bebidas alcohólicas y otros 25 puros, adicionales a tu equipaje pagarás por las bebidas el 65% de impuesto y por los puros 175% de impuesto.

 

Si tus mercancías rebasan la franquicia pero su valor no es más de mil dólares americanos o su equivalente en otras monedas, debes pagar el 15% de su valor total. Para ello, llena el formato “Pago de contribuciones al comercio exterior”.

 

Ejemplo:
Valor de las mercancías                     $1,000 dólares
Menos franquicia terrestre
de 4 personas ($75 x 4)                    $   300 dólares
Resultado                                         $   700 dólares
Tasa de impuesto 17%
Impuesto a pagar          700 x 15% = $   105 dólares

 

Si el valor de tus mercancías, restando la franquicia, es mayor a tres mil dólares americanos o su equivalente en otras monedas o a cuatro mil dólares si traes equipo de cómputo, contrata los servicios de un agente aduanal, quien realizará los trámites de importación.

 

 

¿Cómo me revisan en la Aduana?

 

Si tienes que declarar, debes hacerlo antes de pasar por el semáforo fiscal. Si llegas por avión, barco o autobús, deberás presionarlo indicándote si el personal de la Aduana revisará o no tus pertenencias.

  • Luz verde, pasas sin revisión.
  • Luz roja, revisan tus cosas y tu declaración aduanal.

Al salir de la Aduana, aún si te toco semáforo verde, la autoridad Aduanera puede revisarte siempre y cuando te muestre una orden de verificación.

 

Si viajas a México en tu vehículo selecciona cuidadosamente el carril por el que te internarás, así evitarás problemas, sanciones y decomiso de tus mercancías. Fíjate en los letreros que están arriba de los puentes, dicen AUTODECLARACIÓN y NADA QUE DECLARAR.

  • AUTODECLARACIÓN.
    Lo eliges cuando rebasas tu franquicia y traes cosas adicionales a tu equipaje personal.
  • NADA QUE DECLARAR
    Cuando sólo traes tu equipaje y tu franquicia.

Si eliges AUTODECLARACIÓN pasa a Aduanas, llena el “Pago de contribuciones al comercio exterior”, paga los impuestos y toca el semáforo fiscal, si es rojo te revisan para verificar que el pago fue correcto, si es verde no te revisan.

 

Si ingresas por NADA QUE DECLARAR y te toca semáforo rojo, Aduanas te revisa y si encuentra mercancías adicionales a tu equipaje y franquicia, te las decomisan junto con el vehículo.

 

Si traes mercancía distinta de tu equipaje, que no hayas declarado y cuya importación esté sujeta al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias y no cumplas con ellas, podrás declarar el abandono expreso de las mismas, una vez cubierta la multa correspondiente.

 

Cuando la autoridad detecte irregularidades, derivadas de la revisión de tu equipaje y tu declaración de Aduana, se te notificará el acta que se levante en la que se establecerán las irregularidades que motivaron el inicio del procedimiento administrativo correspondiente.

 

Si lo anterior implica únicamente una omisión de contribuciones y la mercancía no excede de un valor total de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional y manifiestes tu consentimiento, se determinará el monto de la omisión de las contribuciones y la multa aplicable, las cuales no podrán exceder de 115% del valor de la mercancía, para que realices de manera inmediata el pago. Posteriormente, la autoridad aduanera pondrá a tu disposición las mercancías objeto del procedimiento, dándose por concluida la diligencia.

 

Si el valor total de la mercancía excede los 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional, se deberá iniciar el procedimiento administrativo en materia aduanera.

Si tienes dudas, consulta www.aduanas.gob.mx o comunícate al Centro de Atención al Servicio de Aduanas (CASA) al 01 800 223 8262, donde con gusto te atenderán.

 

No olvides que al pasar por la Aduana estás obligado a declarar si traes: mercancías distintas a tu equipaje; dinero en efectivo, en cheques, órdenes de pago o documentos por cobrar, mayor a 10 mil dólares americanos; así como animales y medicamentos.

 

 

¿Qué animales puedo pasar a México?

 

Perros y gatos, presentando su certificado de salud y cartilla de vacunación, si tienen más de tres meses de edad debes incluir el comprobante de vacunación antirrábica. Si traes más de dos animales debes pagar los derechos para obtener el certificado de importación ($1,468.00 pesos).


El costo puede variar en cada semestre de conformidad con la Ley Federal de Derechos.

 

 

¿Dónde debo realizar el trámite?

 

Sólo en los módulos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), ubicados en puertos, aeropuertos y fronteras de México. Realiza el trámite con ayuda de un familiar y paga los derechos en el banco. Si tienes dudas llama al (55) 5905 1016; 5905 1013; 5905 1020; 5905 1022 y 5905 1008.

 

 

¿Qué alimentos o productos de origen y procedencia de los Estados Unidos y Canadá puedo traer?

• Carne de cerdo: fresca, congelada, enlatada, embutida, seca, cocida o procesada, siempre y cuando el empaque indique el origen (máximo 15 kilogramos por persona).
• Carne de ave: fresca o congelada, sólo se permite la entrada de estados de EUA que no estén en cuarentena, siempre y cuando la etiqueta o sello de inspección del empaque especifique el estado de origen (máximo 3 pavos o pollos por familia).
• Paté enlatado estéril de ave, siempre y cuando la etiqueta del empaque especifique el origen (máximo tres piezas por persona).

• Leche pasteurizada líquida, en polvo, evaporada o condensada; quesos frescos o maduros. mantequilla o crema; siempre y cuando la etiqueta del empaque especifique el origen (máximo 3 piezas por persona).
• Productos procesados de: papa, legumbre, oleaginosas, hortalizas, frutas, malta, cúrcuma y café tostado.
• Harinas o sémolas de: maíz, mandioca, trigo, avena, centeno, soya y arroz.
• Productos deshidratados: nueces de papel (excepto nogal, si procede de Texas); nueces de cajú, cajuíl o marañón sin cáscara; artesanías de paja (excepto de paja de trigo); almendras y avellanas sin cáscara, pistaches salados y tostados; ciruela pasa, hierbas secas y especias.

Todos los productos cárnicos, frescos o congelados, deben presentar en su empaque el sello de inspección del Departamento de Agricultura (USDA) cuando sean originarios de EUA o el sello de la Agencia de Inspección de Alimentos (CFIA), cuando sean originarios de Canadá.


México ha instrumentado un dispositivo para prevenir la introducción de la fiebre aftosa y otras enfermedades exóticas de riesgo, por lo que te solicitamos no introduzcas al país productos cárnicos, embutidos, ni lácteos de origen europeo, sudamericano o de estados de EUA en cuarentena. Si los traes, decláralos ante la autoridad.


Por ningún motivo pasan libremente productos no mencionados en la relación o que procedan de países no autorizados por México. La lista de productos permitidos puede variar si se presentan cambios en las condiciones sanitarias de los países de origen.

 

 


* Con información de www.paisano.gob.mx